16/05/2026
Como articular los requerimientos BIM del Estado en un Expediente de Contratación bajo la Ley N° 32069
¿POR QUE IMPORTA HOY EN PERU?
La Ley N° 32069 — Ley General de Contrataciones Publicas —, vigente desde el 22 de abril de 2025, establece en su Articulo 46.6 que las entidades contratantes deben utilizar la metodología BIM — en el marco del Plan BIM Perú — para elaborar expedientes técnicos de obra vinculados a la inversión publica. Esto significa que consultores y proyectistas ya no pueden entregar documentación técnica convencional sin riesgo de observación o rechazo por parte de la entidad. El reloj normativo esta corriendo y el mercado aun no ha terminado de adaptarse.
Articular requerimientos BIM en un expediente de contratación implica definir, desde la fase de planificación, tres elementos clave: EIR (Employer's Information Requirements),
CDE (Common Data Environment) y BEP (BIM Ex*****on Plan).
Estos tres instrumentos, alineados con la norma ISO 19650 (adoptada como referencia técnica en el Plan BIM Perú), forman la columna vertebral de cualquier proceso de contratación pública con componente digital.
Si eres consultor o proyectista: revisa si la entidad contratante ya cuenta con un EIR oficial. Si no existe, propón incluirlo como anexo técnico en las bases — esto te diferencia de la competencia y reduce observaciones durante la ejecución.
Si trabajas en una entidad pública: descarga la Guía de Implementación BIM del MEF y usa sus plantillas de EIR adaptables para proyectos de infraestructura bajo el sistema Invierte.pe.