07/08/2026
Claro clarinete !!!
Los arquitectos tienen la competencia exclusiva en intervenciones que cambien los usos característicos del edificio, aunque solo afecte a uno de los inmuebles que configuran la edificación.
Desde el Consejo recordamos que la sentencia del Tribunal Supremo 700/2026, de 4 de junio, fija doctrina jurisprudencial.
Ante las informaciones confusas que se están sucediendo en los últimos días, el CSCAE recuerda que 𝗹𝗼𝘀/𝗮𝘀 𝗮𝗿𝗾𝘂𝗶𝘁𝗲𝗰𝘁𝗼𝘀/𝗮𝘀 𝘁𝗶𝗲𝗻𝗲𝗻 𝗹𝗮 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗲𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗲𝘅𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝘃𝗮 𝗲𝗻 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝘃𝗲𝗻𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗮𝗹𝘁𝗲𝗿𝗲𝗻 𝗹𝗼𝘀 𝘂𝘀𝗼𝘀 𝗰𝗮𝗿𝗮𝗰𝘁𝗲𝗿𝗶́𝘀𝘁𝗶𝗰𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗲𝗱𝗶𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼, 𝗮𝘂𝗻𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗼𝗹𝗼 𝗮𝗳𝗲𝗰𝘁𝗲 𝗮 𝘂𝗻𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗶𝗻𝗺𝘂𝗲𝗯𝗹𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗰𝗼𝗻𝗳𝗶𝗴𝘂𝗿𝗮𝗻 𝗹𝗮 𝗲𝗱𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻. 𝗔𝘀𝗶́ 𝗹𝗼 𝗲𝘀𝘁𝗮𝗯𝗹𝗲𝗰𝗲 𝗹𝗮 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗧𝗿𝗶𝗯𝘂𝗻𝗮𝗹 𝗦𝘂𝗽𝗿𝗲𝗺𝗼 𝗻𝘂́𝗺𝗲𝗿𝗼 𝟳𝟬𝟬/𝟮𝟬𝟮𝟲, 𝗱𝗲 𝟰 𝗱𝗲 𝗷𝘂𝗻𝗶𝗼, que fija doctrina jurisprudencial respecto a la competencia profesional para la redacción de proyectos de cambio de uso de locales a viviendas conforme a los artículos 2 y 10 de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
Más información en este enlace:
https://www.cscae.com/index.php/profesional/actualidad-profesional/9607-arquitectos-competencia-exclusiva-intervenciones-cambien-usos-caracteristicos-edificio