05/06/2026
Morona endurece controles contra la contaminación acústica y anuncia fuertes sanciones
Desde el 4 de junio de 2026 se encuentra en plena vigencia la Ordenanza para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental por Ruido en el cantón Morona. La normativa busca reducir los niveles de contaminación sonora generados por vehículos, establecimientos comerciales, maquinaria, eventos públicos y pirotecnia, con el fin de proteger la salud de los ciudadanos y garantizar una convivencia más armónica.
La ordenanza establece horarios específicos para la evaluación y control de ruido:
🔹 Horario diurno: de 07:01 a 21:00.
🔹 Horario nocturno: de 21:01 a 07:00.
Actividades prohibidas
Entre las principales restricciones contempladas en la normativa se encuentran:
• El uso de parlantes, megáfonos y otros equipos de sonido con fines publicitarios dirigidos hacia espacios públicos o instalados en exteriores de locales comerciales.
• La circulación de vehículos con sistemas de perifoneo sin autorización municipal, así como el uso indebido de la bocina cuando no exista una emergencia vial.
• La comercialización, distribución y utilización de fuegos artificiales de carácter sonoro como petardos, camaretas, castillos, voladores y similares.
• El funcionamiento de maquinaria pesada o herramientas que generen altos niveles de ruido fuera del horario autorizado comprendido entre las 07h30 y las 18h00.
Multas y sanciones
La ordenanza contempla cuatro categorías de infracciones, cuyas sanciones están calculadas en función del Salario Básico Unificado (SBU).
Infracciones de Primera Clase
Multa equivalente al 25% del SBU.
Se aplica a casos relacionados con perifoneo no autorizado, publicidad sonora, uso inadecuado del claxon y alarmas que permanezcan activadas más de tres minutos o que no cuenten con información de contacto visible.
Infracciones de Segunda Clase
Multa del 50% del SBU y suspensión de actividades de 8 a 15 días.
Corresponde a quienes impidan los operativos de control, utilicen vehículos sin silenciador o desarrollen actividades como ferias y circos que excedan los 55 decibeles permitidos.
Infracciones de Tercera Clase
Multa equivalente al 100% del SBU y suspensión de actividades de 15 a 30 días.
Incluye exceder los límites máximos de ruido en zonas reguladas, utilizar sirenas reservadas para vehículos de emergencia y la venta o uso de pirotecnia sonora. Los artículos decomisados serán destruidos conforme a los procedimientos establecidos por las autoridades competentes.
Infracciones de Cuarta Clase
Multa equivalente al 200% del SBU y clausura temporal de 30 a 60 días, pudiendo incluso revocarse de forma definitiva la licencia de funcionamiento.
Esta sanción se aplicará a organizadores de eventos no autorizados, establecimientos que incumplan clausuras previas o personas que agredan, amenacen o intenten sobornar al personal encargado de los controles.
Reincidencia será castigada con mayor severidad
La normativa establece que quienes vuelvan a cometer una infracción serán sancionados con el doble de la multa originalmente impuesta. Además, la reincidencia podrá derivar en la clausura inmediata y definitiva de los establecimientos involucrados.
La Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos del Municipio de Morona informó que los controles se realizarán mediante operativos técnicos equipados con sonómetros calibrados, permitiendo verificar de manera precisa los niveles de ruido y garantizar el cumplimiento de la ordenanza en todo el cantón.
Las autoridades exhortan a la ciudadanía a respetar estas disposiciones con el objetivo de preservar la tranquilidad, el bienestar y la calidad de vida de todos los habitantes del cantón Morona.